Control municipal a la prohibición de productos de venta no esenciales en hipermercados

El Municipio de Quilmes informa que a través del personal del área correspondiente se encargó de notificar a las grandes cadenas de supermercados que, en función del artículo 3 inciso B del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 334/21 vigente, deben retirar de la venta todo producto que no sea esencial para el consumo como por ejemplo juguetería, bazar, electrónica, blanquería y electrodomésticos, entre otros.

De esta manera, integrantes del el equipo de fiscalización perteneciente a la Agencia de Fiscalización y Control Comunal (AFyCC) de Quilmes, a cargo de Alejandra Cordeiro, por intermedio de esta medida tuvieron como objetivo frenar la desigualdad económica entre los comercios locales no esenciales que se vieron obligados a cerrar durante estos 9 días de confinamiento, y los que permanecen abiertos por ser esenciales, como en este caso puntual, las grandes cadenas de supermercados.

Debido al aumento de los contagios del COVID-19, esta semana el Gobierno Nacional se vio obligado a tomar medidas aún más restrictivas para combatir la suba de casos. El nuevo DNU 334/21 estableció la vuelta a Fase 1 de los municipios considerados en alarma sanitaria y epidemiológica.

Dentro de las medidas, sólo podrán permanecer abiertos los comercios esenciales de venta de alimentos, artículos de limpieza, medicamentos y otros artículos considerados imprescindibles.

En cuanto a la circulación, únicamente se permite para aquellos/as considerados trabajadores/as esenciales y para hacer compras en comercios de cercanía entre las 6 y 18.