Berazategui regula el uso comercial de las casas quinta con el objetivo de erradicar las fiestas clandestinas

A pedido de vecinos, y con el fin de regularizar el uso comercial de casas quintas para realizar reuniones sociales y eventos de carácter privado, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Berazategui sancionó la Ordenanza N° 6206 que establece límites de horarios, medidas de seguridad, control de ruidos molestos y aforos, entre otras cuestiones.En este sentido, quienes quieran realizar eventos de esas características con fines comerciales, deberán contar con una habilitación emitida por la Secretaría de Trabajo, Habilitaciones e Inspecciones Comerciales e Industriales y Bromatología, área municipal que también funciona como autoridad de aplicación de la ordenanza.Para obtener la habilitación se tendrá que cumplir con los requisitos especificados en la reglamentación. Algunos de ellos son: contar con la firma en conformidad de los vecinos y vecinas en un radio de 150 metros del lugar donde esté previsto realizarse la fiesta; presentar póliza de seguro de responsabilidad civil, certificado final de seguridad antisiniestral expedido por la Delegación de Bomberos bonaerense e informe técnico y plan de contingencia emitido por un licenciado en Seguridad e Higiene. Además, tener contratado servicio de emergencia médica; no tener deudas de tasas o contribuciones municipales; y ofrecer lugar donde estacionar vehículos para no entorpecer la circulación en el barrio. En tanto, el aforo estará supeditado al factor ocupacional contemplado en el certificado antisiniestral.Asimismo, en cuanto a los horarios, los eventos podrán ser de domingo a viernes hasta las 00.00 y sábados hasta las 01.00 del día siguiente. También se prohíbe la venta de entradas y el expendio oneroso de bebidas sin la correspondiente habilitación municipal y licencia provincial de venta de alcohol.El incumplimiento de los mencionados requisitos supondrá sanciones. Para realizar denuncias, las y los vecinos tienen a disposición la línea 0800-999-2525/0247, perteneciente al Centro de Operaciones Municipal (COM).